Para que una empresa pueda financiarse a través del Mercado de Valores debe de estar inscrita en el registro de la Comisión Nacional de Valores y de la Bolsa de Valores y Productos de Asunción S.A., para lo cual debe cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Mercado de Valores N° 5810/17 y en la Resolución de la CNV N° 763/04.
Requisitos de Inscripción
REGISTRO DE SOCIEDADES ANÓNIMAS EMISORAS Y EMISORAS DE CAPITAL ABIERTO
Requerimiento de capital mínimo: Las sociedades anónimas emisoras y emisoras de capital abierto que soliciten su inscripción en el registro deben contar con un capital integrado no inferior a 600 (seiscientos) salarios mínimos establecidos para trabajadores de actividades diversas no especificadas en la Capital de la República.
Flujograma de Registro
- Una sociedad interesada, (generalmente asesorada por una Casa de Bolsa), en emitir títulos para oferta pública debe solicitar su inscripción y la de sus títulos en la Comisión Nacional de Valores.
- La CNV una vez verificada la solicitud procede al registro de la sociedad y de los títulos a ser ofrecidos y posteriormente se realiza el mismo proceso en la Bolsa de Valores.
- Una vez registrada la emisión, la sociedad emisora, a través de su casa de bolsa autorizada, procede a la oferta pública y a la negociación de sus títulos en la Bolsa, a tasas y plazos determinados por ella.
- Las Casas de Bolsa inician las compras o ventas de los títulos a pedido de la sociedad emisora o los inversionistas.