Modificación de Resoluciones: Aranceles de Fondos Patrimoniales

ARANCELES FONDOS PATRIMONIALES:

   Desde el el Área Administrativa y Financiera de la mano con Asesoría Legal, se ha realizado la evaluación de los puntos 4.1 y 4.2 de la resolución 1679/17. Considerando que en la actualidad no tiene alcance a nuevos instrumentos existentes en el mercado, el DIRECTORIO DE LA BOLSA DE VALORES ha decidido modificar el título del punto 4.2 quedando como sigue:

4.2) Emisiones de Instrumentos de Renta Variable:

   El monto a abonar será calculado sobre el total del capital emitido a registrar, cuando se trate de la primera vez, y sobre el monto de las siguientes emisiones cuando la sociedad ya se encuentra inscripta.

El arancel a abonar se calculará en base a los siguientes criterios:

i) Para las Emisiones de hasta Gs. 6.500.000.000: Monto fijo de Gs 2.750.000 IVA incluido

ii) Para las Emisiones superiores a Gs. 6.500.000.000: Se aplicará el 0,04% sobre el monto de emisión más el ¡impuesto al Valor Agregado (lVA)

   Se destaca además que los montos y porcentajes de comisiones se mantienen sin variaciones. El cambio obedece a que hasta el momento, el enunciado de dicho articulo, excluye los instrumentos de rentas variables emitidos por Sociedades anónimas, como pueden ser los FONDOS PATRIMONIALES.

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